Reforma laboral: los cambios principales

que propone el proyecto del Gobierno


El pasado 2 de mayo, el gobierno envió al congreso los siguientes 3 proyectos de reforma laboral

Por Federico De Luca (*)

(*) Socio del estudio De Luca & Asociados

Proyecto N° 1: regularización del empleo no registrado, lucha contra la evasión en la seguridad social, registración laboral y fondo de cese sectorial

Este proyecto destaca la regularización del empleo no registrado. Este cambio viene a cumplir con un deseo que hace tiempo tienen los empresarios Pymes, y que fue intensificado luego del blanqueo impositivo que hubo en 2016. El "blanqueo laboral" comprende a todas las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la ley, con exclusión de las correspondientes al régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.

Según el proyecto, quienes regularicen las relaciones laborales deberán hacerlo dentro del plazo de 360 días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación del proyecto, y tendrán condonaciones de multas por empleo no registrado que llegarán al 100% si la registración de los trabajadores se realiza dentro de los 180 días del plazo mencionado anteriormente.

Como ocurrió con el Régimen de Sinceramiento Fiscal, si luego de adherir al blanqueo laboral y regularizar las relaciones laborales, AFIP detecta que existían relaciones laborales no registradas y no blanqueadas, "se cae" todo el blanqueo realizado, y por lo tanto no se aplican los beneficios de este.

Se crea un Fondo de Cese Laboral Sectorial por parte de las entidades representativas de los empleadores y de los trabajadores, de adhesión voluntaria para el empleador, quien será el exclusivo aportante, destinado a sustituir la cobertura en materia de preaviso y despido sin causa del dependiente.

En caso de un despido con justa causa, quien administre estos fondos le tendrá que devolver al empleador el dinero que éste fue aportando a dicho fondo durante la vigencia de la relación laboral.

Por último, es muy importante remarcar que para el caso de las indemnizaciones por antigüedad, se incorpora en la ley el criterio que se venía aplicando en la práctica profesional , fijado por la CSJN en la causa judicial "Vizzioti", por lo que el tope indemnizatorio no podrá perjudicar al empleador en más de un 33%, de lo contrario se entenderá como confiscatorio.

Proyecto Nº 2: Sistema Nacional de Formación Laboral Continua. Prácticas Formativas. Red Federal de Servicios de Empleo. Seguro de Desempleo Ampliado

El segundo proyecto tiene por finalidad la adopción de un conjunto de medidas a implementarse en materia de capacitación laboral continua, transición entre el sistema educativo formal y el trabajo, fomento del empleo juvenil y entrenamiento laboral.

Se crea un Sistema de Prácticas Formativas, destinado a los estudiantes graduados de la Educación Superior, a los estudiantes de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, y de la Formación Profesional, en todos los casos para personas mayores de 18 años, para cumplirse en empresas o instituciones públicas o privadas.

Se conforma la Red Federal de Servicios de Empleo, con el objetivo de facilitar y agilizar los procesos de intermediación entre las personas que buscan empleo y los puestos de trabajo, favoreciendo la articulación entre la oferta y la demanda laboral.

Se instituye, con alcance nacional, el Seguro de Desempleo Ampliado para trabajadores desvinculados de "Empresas de Transformación Productiva", denominadas así las empresas con dificultades competitivas y/o productividad declinante que requieren mejorar sus procesos o tecnología, modificar y/o desarrollar nuevos productos o redireccionar su actividad, y/o integrarse a otra u otras empresas con el objeto de potenciar su desempeño.

Proyecto N° 3: Agencia Nacional de Evaluación de Tecnologías de Salud (AGNET)

Se propone la creación de la Agencia Nacional de Evaluación de Tecnologías de Salud (AGNET), como organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de salud, con autarquía económica, financiera y personalidad jurídica propia, cuya finalidad será la realización de estudios y evaluaciones de medicamentos, productos médicos e instrumentos, técnicas y procedimientos clínicos, quirúrgicos y de cualquier otra naturaleza destinados a prevenir, tratar o rehabilitar la salud, a fin de determinar la oportunidad y modo de incorporación al conjunto de prestaciones cubiertas por el sector público y el Programa Médico Obligatorio (PMO). Dichos estudios y evaluaciones se realizarán de acuerdo con criterios de calidad y teniendo en cuenta su valorización ética, médica, económica, y social.