Tasa anual IGJ 2020 - vencimiento

Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2020 VISTO el Expediente Nº EX-2020-70708557- -APN-DA#IGJ, la Decisión Administrativa N° 46 del 24 de abril de 2001, y CONSIDERANDO: Que el segundo párrafo del artículo 9º de la Decisión Administrativa citada en el Visto, delega en este Ministerio la atribución de fijar la fecha de vencimiento para el pago de la tasa establecida en su artículo 4º. Que resulta apropiado fijar el vencimiento mencionado para el día 4 de diciembre de 2020. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 9º de la Decisión Administrativa Nº 46/01. Por ello, LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Fíjase el día 4 de diciembre de 2020 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01. ARTÍCULO 2º.-Vencida la fecha establecida en el artículo anterior, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46/01. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcela Miriam Losardo e. 05/11/2020 N° 52882/20 v. 05/11/2020